Antes de interponer una demanda judicial para reclamar una deuda o incumplimiento de contrato, suele ser efectivo dar un ultimátum mediante notificación por vía burofax, ya que éste tiene validez como prueba en un juicio, y el destinatario se dará cuenta de la seriedad del tema en caso de no solucionarlo antes de forma amistosa.
Si le envían un burofax, sepa que puede rechazarlo, pero esto sólo podrá traerle consecuencias negativas que sólo harán empeorar la situación.
¿Qué es un burofax?
A pesar de su nombre, un burofax no es un fax ni nada parecido.
Un burofax es es una carta que se entrega en el domicilio del destinatario.
La diferencia de una carta normal o certificada respecto a un burofax es que éste es una comunicación fehaciente, es decir queda acreditado quién lo ha enviado, a quién y en qué fecha y lo más importante, el contenido del texto transmitido, de forma que el que lo recibe no puede decir que no ha sido avisado de lo que ahí se le notifique o que no lo ha leído.
¿Para qué sirve un Burofax?
Suelen emplearse cuando a la hora de reclamar algo, las llamadas telefónicas, cartas certificadas, emails o personarse directamente no han servido de nada.
Es entonces la hora de reclamarlo a través de un burofax ya que servirá de prueba si finalmente se decide ir a juicio y el destinatario no podrá alegar que desconocía esa deuda o que no sabía que debía tal dinero, o que debía abandonar un piso de alquiler por ejemplo en tal fecha, etc.. Echará abajo la típica excusa de «es que no lo sabía…»
¿Qué diferencia hay entre recibir una Carta certificada o un Burofax?
La diferencia es que la carta Certificada sólo certifica que se ha recibido una carta, pero no su contenido. Así que no se podrá demostrar lo que se le notificaba dentro y el remitente podría decir que no se le había avisado de nada… o decir que la carta estaba en blanco.. o que trataba de otro tema.
Sin embargo, en el Burofax se certifica el contenido del texto que se envía, así que queda acreditado que en tal día y tal fecha se le avisó de que debía tal dinero, o de que se cancelaba el contrato, o de que debía abandonar la vivienda, etc..
¿Cómo se envía un Burofax?
Para enviar un Burofax hay que acudir a una oficina de Correos o si lo prefiere lo puede enviar directamente a través de Internet entrando en la página web de Correos.
¿Cuánto tiempo tarda en recibirlo el destinario?
Es un envío muy rápido. El plazo de entrega es en el mismo dia (para envíos admitidos antes de las 12:45 y destinados a localidades con Unidades de Reparto Especial) o sino a la mañana del día hábil siguiente (para el resto de envíos)
¿Cuánto cuesta enviar un Burofax?
Mientras que una carta Certificada suele costar unos 3€ de media, un Burofax básico cuesta unos 8 euros, aunque conviene contratar siempre además los servicios opcionales de Acuse de recibo, Copia Certificada de texto y Aviso de Servicio que son servicios opcionales, para que el burofax tenga la efectividad probatoria en juicio, y esto lo encarece bastante pudiendo alcanzar casi los 30€ de coste de envío.
Es por ello que sólo se envían Burofax como última opción antes de acudir a reclamar vía judicial donde se presentaría como justificante.
Ejemplo coste de envío de un Burofax (las tarifas se actualizan anualmente):
- Burofax desde Oficina de Correos en Madrid a moroso en Valladolid (en coste es el mismo en toda la península): 7,48€
- Acuse de Recibo: 5,34€
- Certificación de Texto: 13,53€
- TOTAL con IVA (21%) = 26,35€ por enviar un sólo folio vía Burofax (te cobran adicional por cada folio que se envíe)
¿Qué ocurre si el destinatario rechaza el burofax?
La persona a la que va dirigido podría rechazar el burofax pero no sería lo más conveniente.
Quedaría constancia de que se ha rechazado, y en caso de acudir a los tribunales, haber rehusado el burofax podría considerarse como acto de mala fe por parte del destinatario, lo cual se tendrá en cuenta por el juez a la hora de dictaminar la sentencia.
Aparte de esto, en el caso de rechazar un burofax, es posible que el destinatario sufra consecuencias negativas por ello.
Puede darse el caso por poner un ejemplo en el que le intentan notificar por Burofax que debe tal deuda o que está incumpliendo algo, y que en caso de no solucionarlo en un determinado plazo de forma amistosa se interpondría demanda judicial.
Si no acepta el burofax, perdería la oportunidad de poderlo solucionar sin tener que acudir a juicio, con los gastos a mayores que todo ello supone.
Si el remitente le pone la demanda judicial finalmente, aunque al final el demandado llegue a un acuerdo para no ir a juicio, podrían condenarle a pagar las costas igualmente del mismo, aunque éste no se celebre ya que, según la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el artículo 395:
«Si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla (es decir, diera la razón a la parte contraria antes de la vista), no procederá la imposición de costas, salvo que el tribunal aprecie mala fe en el demandado. Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago».
No se indica nada en dicha Ley de que el destinatario haya leído o no el Burofax o lo haya rechazado, es suficiente que el remitente lo haya enviado.
Por tanto, si recibe un Burofax es mejor no rechazarlo, ya que es posible que esto no haga más que empeorar la situación aún más.
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Que pasa sí yo no estoy en mi casa cuando viene un burofax.la empresa me puede despedir sí yo no acudo a la fecha que pone en el burofax?? Yo no estaré seguro que vendra.gracias
Si no has recibido el burofax, desconoces el contenido del burofax y por lo tanto no tienes porqué cumplir lo que figura en dicho escrito.
Hola, mandé un burofax con acuse de recibo para hacer efectivo un desestimiento de contrato, en el que ponía que podía hacerlo en 7 días hábiles.
El contrato se firmó el día 10 de septiembre y entiendo que el último día que entraba en el plazo es el miércoles 17 (no tengo claro si el plazo empieza a contar el propio día 10 o el 11).
En cualquier caso, envíe el burofax el martes, pero no lo han recogido hasta el jueves 18. Según correos ayer se pasaron y no estaban, y hoy han reintentado y han podido entregárselo.
Mi duda es: a efectos legales de la reclamación, ¿qué fecha vale? ¿En la que yo mandé el burofax y estaba en plazo o en la que ellos la reciben y no está en plazo y pueden entonces ampararse en ello para no devolverme el importe?
Porque ¿qué culpa tengo yo de que correos no lo haya entregado a tiempo?
Muchas gracias por la aclaración.
Hola.
Entendemos que la fecha que valdría es en la que tú lo enviaste.
Por eso debes guardar muy bien los justificantes del burofax enviado, que servirían como prueba ante cualquier reclamación del contrario.
Salu2
buenos dias,
que tal lo siguente:
la persona a quien va dirigido el burofax no firma la recepcion si no su suegra.
y supongamos que la suegra (por ser ya muy mayor) se la ha olvidado de entregarselo.
como hay que ver esta situacion?
un saludo
jose
Buenas tardes
Ese no sería problema de quien lo ha enviado.
Las consecuencias negativas serían para el destinatario, ya que por ley lo que se tendría en cuenta en un posible juicio es que el remitente lo envió a la dirección correcta.
Salu2
Buenos días. Hay un documento especifico para enviar un burofax?
Nunca he enviado uno es para reclamar alquiler y abandono de vivienda.
Gracias.
Saludos.
Buenas tardes
En el enlace siguiente puedes ver un modelo de reclamación. En ese caso es para reclamar la devolución de la fianza de un piso de alquiler, pero te puede servir como ejemplo modificando los datos para adaptarlo a tu caso.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/07/29/modelo-reclamacion-devolucion-de-fianza-de-piso-de-alquiler/
Salu2
una vez enviado un burifax y 6 dias después aun no ha sido recogido. qué plazo de tiempo ha de transcurrir para notificar de nuevo el burofax? cuántos avisos se pueden llegar a emitir?
Como indica arriba, rechazar o no querer recoger el burofax empeora las cosas para el receptor.
Leete el último punto del artículo de arriba.
Salu2.
Hola quisiera saber si mi empresa me manda un burofax el dia 8 dandome un plazo de 15 dias para contestar y por circunstancias forzosas lo recojo el 22 cuándo es la fecha valida para contar el dicho plazo ?
Hola.
Entendemos que serían 15 días a partir de la fecha en que lo recogiste y leíste por tanto el plazo que tienes para contestar.
El tiempo que has tardado en recogerlo no contaría.
Salu2
Hola hoy he encontrado en el buzón una notificación de correos de que me han mandado un burofax. Me lo han mandado a un domicilio en el cual no estoy empadronada. ¿Estoy obligada a recogerlo? ¿Tiene validez ese burofax, si nadie lo ha recibido? Gracias.
Hola.
No estás obligada a recogerlo pero es recomendable que lo hagas por los motivos que indicamos en el artículo superior.
Salu2
Hola, quería información del plazo mínimo que tengo para enviar un burofax para cancelar un contrato de préstamo mercantil?
Hola.
Debes revisar las condiciones de ese contrato para ver qué indica respecto al tema de la cancelación.
Salu2
Buenas tardes,
He enviado un burofax por medio de un abogado.
Tenía la siguiente duda, si la persona a la que se le ha enviado el burofax no se encuentra en el domicilio en el momento de la entrega, ¿cuantos días tiene la misma para recogerlo en correos? ¿Exíste un tiempo mnímo/máximo para ello?
Muchas gracias.
Buenas tardes
No estamos seguros del plazo máximo que dispone. Lo mejor es que lo confirmes llamando a una Oficina de Correos o a su telf de atención: 902 197 197
Salu2 y ya nos dirás a ver qué te dicen.
Buenos días:mande burofax a una hija, para reclamar el desalojo de un piso, mio que tiene alquilado, y que me dijo que el contrato finalizaba en Diciembre, explicándole que es por motivos de salud, ya que ella tiene 3 pisos y chale Chalete otro comprado por mi pero a su nombre, entrada de chalet, el tercer piso lo compro ella. el que yo deseo es un apartamento de un dormitorio, para estar cerca de otros hijos. este esta a nombre de miex-marido, y la sentencia del divorcio, concede 6 meses a cada uno. hace 15 años que recibe beneficios. y yo 6 con la sentencia no ha permitido con excusas ni 15 días de vacaciones. no tiene problemas económico, es Médico, ni marido ni hijos ni cargas mías ni del padre. jamás pegue o maltrate a este elemento. no cogía teléfono durante un día, debió consultar abogsdo, su regalo de navidad es decir, la mentira de que el contrato es de 18 meses, y que tiene 30 días para recogerlo. mi pregunta es ¿puedo mandarle otro burofax, con opción de que sino lo recoge el segundo llegue al Juzgado
Buenas tardes.
Con sólo un burofax en el que le avises y des plazo para lo que le reclamas o sino emprenderás acciones judiciales es suficiente.
Si lo rechaza o no lo recoge puedes ver las consecuencias que podría tener en el artículo superior.
Salu2