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2 de marzo de 2016

¿Cuándo una Familia numerosa es de Categoría especial? ¿Qué ayudas a mayores tienen?

Las Familias Numerosas de categoría especial cuentan con descuentos adicionales y de mayor cuantía que las de nivel general.

Pero… ¿cuándo se considera que una familia numerosa es de categoría especial? ¿Y qué descuentos y ventajas tienen a mayores?

Lo vemos a continuación.

¿Cuándo se considera que una Familia numerosa es de Categoría especial?

Se considera como Familia numerosa de Categoría especial:

  • Las familias de 5 o más hijos.
  • También las familias de 4 hijos que cumplan que sus ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 % del IPREM vigente incluidas las pagas extraordinarias.
  • Las familias de 4 hijos de los cuales al menos 3 procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
  • Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

¿Qué descuentos a mayores tienen las familias numerosas de Categoría especial?

Alguno de los descuentos a mayores o facilidades de las que se pueden beneficiar las Familias numerosas de Categoría especial son:

  • Por la contratación de cuidadores en familias numerosas.

La contratación de cuidadores en familias numerosas dará derecho a una bonificación del 45% de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador en las condiciones que legal o reglamentariamente se establezcan (se paga el 65% de su Seguridad Social)

En familias de categoría general es requisito que trabajen los dos padres; en las de categoría especial no se exige esta condición.

  • Ayudas de 200€ mensuales o Deducción de 2.400€ en el IRPF para las Familias numerosas de categoría especial.

Desde el año 2015, la familias se pueden beneficiar de la nueva deducción para Familias numerosas, suponiendo un importante ahorro en el abono de impuestos a la hora de hacer la Declaración de la Renta.

Familia numerosa categoría general: 1.200€ anuales o pago anticipado de 100€ al mes.

Familia numerrosa categoría especial: 2.400€ anuales o pago anticipado de 200€ al mes.

  • Educación: exentos del pago de tasas y matrículas.

Exención del 100% en todos los regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación y examen, expedición de títulos y diplomas para las familias numerosas de categoría especial.

  • Transportes:

Descuento en el abono transportes (del 20 % en categoría general o del 50 % en categoría especial)., así como en la utilización de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, transporte marítimo y aéreo nacional.

  • Excedencia para el cuidado de hijos

Cuando el trabajador forme parte de una familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

  • Asistencia jurídica gratuita

Cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa de categoría especial, aunque supere el límite de ingresos fijado para beneficiarse de este derecho (siempre que no sobrepase el cuádruplo del salario mínimo interprofesional), se le podrá conceder excepcionalmente la asistencia jurídica gratuita.

Aparte de esto pueden solicitar todas las ayudas y beneficios destinados a las familias numerosas en general y que puede ver en:

->> Los 20 mejores descuentos, ayudas y beneficios de las Familias Numerosas.

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86 comments to ¿Cuándo una Familia numerosa es de Categoría especial? ¿Qué ayudas a mayores tienen?

  • José Luis

    Buenas: Mi familia se compone del matrimonio y tres hijos, uno con discapacidad al 85%, yo sólo cobro la ayuda familiar y mi Hija la pensión por discapacidad, ¿Puedo solicitar la categoría especial?.
    Saludos

    • 3 hijos y 1 con discapacidad, equivale a tener 4 hijos.

      Para que sea especial hay que cumplir que los ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

      Salu2.

  • Ginés

    Hola, soy padre de tres hijos, pero ha fallecido mi hijo discapacitado.
    Debo seguir solicitando la ayuda de familia numerosa?

  • Carmen

    Buenas
    Tengo el título de familia numerosa por tres hijos y estoy embarazada de un cuarto
    Cobramos cada uno la ayuda familiar
    En este caso Sería familia numerosa especial o seguiría igual familia numerosa solamente

    • Sería familiar numerosa normal, salvo cumplais que vuestros ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias; en tal caso sería especial.

      Salu2.

  • Mari

    Buenos días tengo 3 hijos el año pasado pasé de general por especial por la discapacidad del pequeño yo cobro la ayuda de 100 mensuales. No debería cobrar la ayuda de 200?

    • Según veo el artículo 4.3.Ley 40/2013 cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar (33% de discapacidad), computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

      Así, se aplicará la mejora en las familias con 3 hijos uno de ellos con discapacidad.

      Deducciones: 1.200 por familias numerosa + 1.200 por discapacidad + 600 por el hijo discapacitado.

      ¿Sabe hacienda de vuestra situación familiar? ¿Comunicaste los cambios.

      De cualquier forma, estas deducciones os lo podéis aplicar en la declaración de la Renta.

      Salu2.

  • Brahim

    Tengo tres hijos y el mes que viene voy a tener el cuarto y cobro menos de 23000€ al año y mi mujer no trabaja soy familia numerosa general o especial

  • jordi

    hola tengo un tema complejo
    soy familia números general.
    dos conyuges y 3 hijos ( 1 discapacitado esto cuenta como dos hijos )
    entonces en la unidad familiar seriamos 6.
    bien los dos ganamos 48552.55 euros brutos.
    el SMI es de 900 euros el 75% es de 675 euros mensual unos 8100 anual. unos no debo superar esto.

    48.552.55 / 6 unidad familia = 8092 euros no supero el 75% por 8euros.

    otra cosa el smi lo calculo doble por que los dos trabajamos o solo se cuenta como uno 900 euros.
    entro en especial? gracias

    • Tenemos una indiscordancia:

      Según el artículo 4.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, dispone literalmente, “las unidades familiares con cuatro hijos se clasificarán en la categoría especial cuando sus ingresos anuales de las mismas, divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias”

      En cambio, la web por ejemplo de la junta de Andalucía indica que es IPREM: » Las unidades familiares con cuatro hijos o hijas, en las que sus ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 % del IPREM vigente.»

      Pregunta en el organismo gestor.

      Además, en la ley, dice que incluida las pagas extras, así que sería 900€ x 14.

    • Ains…

      Ahora entiendo, sacaron una nueva ley, el Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, en su artículo 2,
      sustituye el SMI por IPREM, así que nada.

      El IPREM es mucho menos que el SMI:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2019/01/30/se-sigue-agigantando-la-brecha-entre-el-iprem-y-el-smi-28112e-al-mes-menos-de-subsidio-por-el-invento/

      Lo sentimos por la confusión.

  • hola,mi marido cobra unos 850 euros yo un pnc,tengo tres hijos ,el mayor con discapacidad del 43%,,mi hija de un 33% y yo de un 68%,a la hora de hacer la declaracion de la renta en k me afecta? gracias

    • Que tienes muchas deducciones y pocos ingresos, y por lo tanto, aunque tendría derecho a mucha devolución, no lo habrá, porque para devolver, primero hay que pagar y no estaréis pagando nada.

      SAlu2.

  • si a mi marido le estan quitando cada mes creo k es un 10%de su nomina en la seguridad social

  • Hanane

    Hola tengo cuatro hijos y uno con descapacidad y soy familia numerosa general y sólo cobró los puntos ,no cobró nada ni de Hacienda ni de ningún otro sitio.¿que debo hacer ?Gracias.

  • Noelia

    Somos familia numerosa con 2 hijas ya que 1 de ellas tiene el 65%
    Mi marido tiene el 49% eso cuenta en estos casos de la numerosa o no?
    Gracias

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