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21 de octubre de 2019

¿Puedo seguir cobrando el subsidio de desempleo si me han concedido una beca?

Cuando se cobra un subsidio de desempleo, se exige al desempleados una carencia de rentas personales y familiares, ¿pero qué pasa cuando a un familiar o al desempleado le concede una beca de formación?

Puede ser compatibles o no y habrá que ver también si se considere rentas para ver si el beneficiario sigue cumpliendo el criterio de carencia de rentas.

Hay que diferenciar entre una beca de formación y una beca tipo contrato de formación:

1. Becas:

Son compatibles con la percepción del subsidio pero se considera rentas o no dependiendo de:

  • Las becas del Ministerio de Educación: tanto al beneficiario como si se concede a un hijo para estudios académicos no profesionales no se consideran rentas ni del solicitante ni de la unida familiar.
  • Si la beca no es del Ministerio de Educación, sino que es una beca de colaboración en un proyecto de investigación vinculado a una actividad profesional, hay que considerarlo como rentas.

2. Contratos en práctica (Convenio Universidad – Empresa)

  • No implica alta en la Seguridad Social ni requiere dedicación exclusiva: puede seguir cobrando el subsidio, pero los ingresos se tendrá en cuenta para el límite de ingresos.
  • Implica alta en la Seguridad Social y dedicación completa: es incompatible con el subsidio, y hay que informa para suspender el subsidio.
  • Implica alta en la Seguridad Social y dedicación parcial: se puede compatibilizar siempre que con los nuevos ingresos no supere el límite. Se reducirá el subsidio en la misma proporciona de las horas que se trabaje.

En el caso de la RAI (Renta Activa de Insercion), tiene una normativa específica que indica que es compatible con «becas y ayudas, de cualquier naturaleza, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación profesional vinculadas al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional»; eso sí, debe de seguir cumpliendo el requisito de carencia de rentas teniendo en cuenta los ingresos de estas becas.

¿Es compatible con el trabajo?

Sí, pero sólo con el trabajo a tiempo parcial y siempre que las rentas de dicho trabajado sumado al resto de las rentas (sin contar con el subsidio), no supere el límite de rentas personas ni familiares.

La ayuda se reduce en la proporción del tiempo de trabajo en relación con la jornada completa.

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