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1 de abril de 2009

Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.

¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?

Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.

En caso de no poder acudir él personalmente, podrá  gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.

El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.

Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.

¿Qué documentos será necesario presentar?

Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:

    • Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
    • El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
    • DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
    • Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local.  Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.

Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.

    • Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).

Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.

¿Qué pasos hay que seguir?

1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.

Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)

Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.

Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.

El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.

2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.

Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)

Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.

Notas:

En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.

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897 comments to Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

  • Francisco

    Hola buenos días:
    Mi duda es que he adquirido un coche de segunda mano en Madrid. Pero mi domicilio fiscal es de Zaragoza. ¿Donde tengo que hacer el pago de impuestos, en Madrid o en Aragón?.
    Es que en elgunos foros dicen que hay que usar el domicilio fiscal para los pagos ya que luego desgravan. Un saludo y gracias de antemano.
    Francisco.

    • Buenas tardes Francisco!

      No nos extraña que no encuentres la respuesta..

      Lo mejor es que salgas tu mismo de dudas llamando a AEAT a # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      Ya que en las propias instrucciones sobre el Impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) indica:

      Los sujetos pasivos deberán presentar este modelo 620 de declaración-liquidación en la Delegación de la A.E.A.T. que corresponda cuando el rendimiento del impuesto no se considere producido en el territorio de ninguna Comunidad Autónoma. Si, por el contrario, el rendimiento se encuentra cedido a una Comunidad Autónoma, la declaración-liquidación deberá presentarse en sus oficinas liquidadoras y deberán utilizarse, en su caso, los modelos de declaración-liquidación aprobados por la propia Comunidad Autónoma.

      …ya ves… claríisimo ehhh 😉

      Por otro lado, puedes encontrar información donde dice que:

      La liquidación del impuesto deberá presentarse donde el comprador tenga su residencia habitual.

      Más información sobre el pago de este impuesto en Aragon:

      http://portal.aragon.es/portal/page/portal/TRIBUTOS/GUIAS_BREVES/COMPRA_VEHICULO_USADO

      Y si lo pagaras en MADRID:

      http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CONT_Impuesto_FA&cid=1142342518080&language=es&pageid=1142342775637&pagename=Contribuyente%2FCONT_Generico_FA%2FCONT_popupFAQs

      Ya nos dirás qué te responden en Hacienda si llamas, ya que servirá de ayuda a muchos usuarios en tu mismo caso. ok

      Salu2!

      — Todas las consultas sobre vivienda, coches, declaración renta, listados morosidad, etc enhttp://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • Francisco

    Hola bueos días:
    Después de varias llamadas me han remitido a la comunidad de Madrid y efectivemente hay que liquidar el 620 en el domicilio fiscal, que me lo han ratificado ellos. En mi caso en Aragón y en otros casos donde se tenga el domicilio fiscal. Gracias por la ayuda y espero que este post nos sirva a todos para el lío que hay de impuestos.
    Un saludo.
    Francisco.

    • Hola de nuevo Francisco!

      Perfecto. Gracias por comentarnos lo que te han dicho.

      Servirá de mucha ayuda a muchos usuarios, porque ya ves que la información oficial es de todo menos clara…

      La verdad es que pensamos que el pago de Impuestos debería estar centralizado y poderse liquidar en cualquier delegación de Hacienda. Así no es más que ralentizar todo y un transtorno para todos..

      Te deseamos que disfrutes mucho tu nuevo coche! 😉

      Salu2!

      — Todas las consultas sobre vivienda, coches, declaración renta, listados morosidad, etc enhttp://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • Jesu

    Hola buenos días,

    voy a proceder a realizar la venta de un vehiculo usado a un particular, y desearía conocer la garantia que he de ofrecerle, de que tipo de problemas he de hacerme yo responsable, etc…

    Gracias.

  • Francisco

    Hola Jesu, tienes varios contratos tipo en internet, y salvo que se ponga en el contrato el comprador conoce el estado delm vehículo, y sólo serías responsable durante seis meses de vicios ocultos y de dolo. En los contratos viene bien especificado. Pongo un link para que lo mires, espero que te sirva de ayuda.
    http://www.autocasion.com/compraventa_vo.pdf
    Un saludo.
    Francisco.

  • JOAN

    Buenas, si vendo mi coche usado tendre que declarar la venta en la declaracion de la renta del año que toque.

    Gracias

  • Riaño

    Hola, le voy a ceder un coche que tiene más de 15 años a un amigo para que se beneficie del Plan E. El coche está hace varios años sin uso y tiene varios numeritos sin abonar. Me bastaría con abonar el último para poder tramitar el cambio de titular o tengo que abonar todos los anteriores?
    Muchas gracias por su ayuda.

    • Hola Riaño.

      Para transferir el vehículo a nombre de tu amigo, hay que presentar el recibo del último Impuesto de Circulación (el de este año o sino el del 2009 en el caso de que en vuestro ayuntamiento aún no haya salido al cobro).

      Cuando vayais a abonarlo, es probable que le salte un aviso de que están los de años anteriores sin abonar y os podrían reclamar que los pagarais (os podrían reclamar los de los 4 ultimos años. Los anteriores habrían prescrito).

      Todo depende de la organización que lleve ese Ayuntamiento y que se den cuenta o no…

      Ya nos contareis a ver qué os dicen cuando vayais a pagar el último 😉 . Es una duda que tiene mucha gente.

      Salu2

      — Más respuestas y opiniones en el http://www.preguntasfrecuentes.net/foro

  • Jeanra

    Buenos días,
    la duda que tengo es la siguiente. El pasado día 5 procedí a la venta de un vehiculo de mi propiedad, y en ese momento se firmo el contrato de compraventa, entregando el vehiculo e indicando a que hora se entregaba y recibí el importe por la venta. El comprador se comprometio a realizar el cambio de titularidad en tráfico, pero a fecha de hoy todavia no lo ha hecho. La pasada semana al ponerme en contacto con él me dijo que no había podido por encontrase enfermo. Esta semana intento ponerme en contacto con él pero no he podido. Mi duda es: ¿Puedo dar de baja el seguro que esta a mi nombre?¿ En caso de que el no lo haya asegurado tadavia, que problemas puedo tener yo en caso de accidente si doy de baja el seguro?
    Gracias.

    Jeanra

  • Francisco

    Hola Jeanra:
    Te explico y espero que te quede claro. El seguro una vez vendico el cohe, firmado el contrato, cobrado y entregado el bien es responsabilidad del comprador. Por lo tanto tú puedes dar de baja el seguro desde el primer momento, salvo pacto en contrario, por lo que debes guardar bajo cuatro llaves el contarto de compraventa, para demostrar la venta, y para dar de baja el seguro dependiendo del tiempo que quede sólo tienes que llamar a la compañía y que te asesoren que fórmula te conviene más:
    1- Extorno (o sea devolución de la compañía de la parte proporcional)
    2- Congelación para su reactivación para otro vehículo.
    Si la persona que ha comprado el vehículo no ha hecho seguro es su problema, además tiene 90 días para cambiar la titularidad. Espero que te haya sacado de dudas. Un saludo Jeanra.
    Francisco.

    • No tenemos mucho que añadir a lo que ya te ha comentado Francisco. 😉

      Como él bien te ha indicado, teniendo el contrato de compraventa te eximiría de cualquier responsabilidad sobre el vehículo a partir de la fecha ahí indicada.

      Es importante que dispongas también de una fotocopia del DNI o Cif en caso de empresas del comprador.

      Importante:
      Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre.
      Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta).

      Hecho esto podrías dar de baja el seguro con total tranquilidad, pero conserva bien el contrato de compraventa y demás documentos por si te hicieran falta.

      Salu2!

  • Daniel

    Hola he comprado una moto , y he echo un contarto de compra venta, pero el vendedor no me ha dado la documentacion que falta,solo me ha dado los papeles de la moto , falta el numerito, su dni,y el papel de trafico, le llamo al movil y no me lo coje, no da señales de vida, que puedo hacer si no me facilita la documentacion?

    • Es muy importante al comprar un vehículo a un particular, quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite)

      Si supieras su dirección podrías enviarle un burofax indicándole un plazo para entregarte la documentación pendiente o en caso contrario ejercerás las medidas judiciales oportunas.

      Si no dispones de sus datos nada más que el telf y suponemos que su nombre y apellidos y no consiguieras localizarte tendrías que denunciarle por estafa.

      Solicita en Tráfico el historial de la moto para comprobar que realmente está a su nombre y en el Registro de Bienes Muebles que sobre esa moto no pesa ningún embargo.

      Ya nos contarás cómo sigue tu caso ok

      Suerte y ánimo

  • paco

    Hola, estoy comprando una moto de 2ºmano, en el modelo 620 de autoliquidación en la base imponible en euros tengo que poner el de la orden ministerial??, en el caso de las motos se hace por cilindradas y luego se le aplica el porcentaje?, ya que en la orden ministerial no vienen modelos de motos, solo cilindradas.

    Otra cosa el valor en la orden ministerial es de 5000 euros al ser la cilindrada 600cc, y la antiguedad de la moto 4 años casi 5, dice que se le aplica el 47%, entiendo que ahí tengo que poner 2350 euros aunque yo la moto la compre por menos?

    muchas gracias por su tiempo

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