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1 de agosto de 2011

Compra venta de vehículos: Impuesto de transmisiones patrimoniales

En el caso de poner en venta nuestro vehículo, o al comprar un coche de ocasión o segunda mano a un particular, hay que tener en cuenta que para poder realizar la transferencia o cambio de titular, hay que liquidar previamente en Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620).

Es un gasto importante a tener en cuenta antes de realizar la compraventa.

¿Cuánto dinero supone el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El tipo general aplicable es el 4% del precio del vehículo fijado por las Tablas de Hacienda que cada año se publican, aplicándole un coeficiente de reducción en función de la antigüedad del vehículo. Sin embargo este porcentaje puede variar dependiendo de las Comunidades Autónomas tal como indicamos más adelante.

¿El porcentaje a pagar es el mismo si se vende un coche que por ejemplo una moto?

Sí. Ese 4% es el fijado para la transmisión de bienes muebles en general, así que es el mismo porcentaje si se vende una moto que un coche.

¿Se paga lo mismo en todas las Comunidades Autónomas?

No. En algunas Comunidades Autónomas comprar o vender el coche saldría más caro ya que pagan un porcentaje de Impuesto de Transmisiones mayor:

  • Andalucía, Asturias y Cantabria: el tipo impositivo para turismos y todoterrenos de más de 15cv de potencia fiscal (dato que figura en la Ficha Técnica de cada vehículo) es el 8%.
  • Cataluña: En esta CC.AA el tipo impositivo para medios de transporte es el 5%.
  • Novedad – Castilla y Leon: El tipo impositivo general es del 5%, y 8% para los turismos y todoterrenos de más de 15cv de potencia fiscal

¿En qué casos se estraría exento de liquidar este impuesto?

Estarían exentas de liquidar este impuesto de Transmisiones patrimoniales las operaciones de compra de vehículos por parte de profesionales y empresarios que revendan el vehículo en el plazo de un año, o las adquisiciones que estén sujetas a IVA.

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264 comments to Compra venta de vehículos: Impuesto de transmisiones patrimoniales

  • Ruben Chavarría

    Un vehículo del año 90 paga impuestos de circulación? Gracias un saludo

  • enrica

    tengo que hacer un cambio de titularidad de un ciclomotor y vi en internet que tenía que pagar con el modelo 620 pero he ido a hacienda y me han dicho que ese no es que pregunte en conselleria pero ahí me han dicho que sí que es ese, que lo pague en el banco, y, cómo se lo que tengo que pagar? es un ciclomotor de más de 12a, me ha costado 700€, y es en Alicante.
    os agradecería información.

    • Las tasas de tráfico es de unos 27€:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2018/12/26/tasas-de-trafico-2019-cuanto-cuesta-realizar-cualquier-tramite-en-la-dgt/

      En cuanto al impuesto de transmisiones, al tener 12 años, será unos pocos euros y depende de la cilindrada:

      – 50cc: 2,4€
      – 125cc a 150cc: 4,8€
      – 250cc a 350cc: 8,8€

      Los papeles que has de tener antes de acudir a la DGT:

      1.Original y fotocopia del permiso de circulación de la moto, motocicleta o scooter.

      2. Original y comprobante del pago del Impuesto de Circulación. Si hace años que la moto está aparcada infórmate antes de cómo dar de alta un vehículo.

      3. ITV en vigor (obligatoria sólo si la moto tiene más de 3 años o 4 si es un ciclomotor).

      4. Una copia del contrato de compra-venta firmada tanto por el comprador como por el vendedor (se aconseja firmar tres contratos, uno para la DGT y los otros dos para las partes implicadas).

      5. No hace falta que el vendedor se desplace para hacer efectivo el cambio de nombre, bastará con una copia de su DNI. El comprador también deberá llevar el suyo.

      6. Pide el impreso de solicitud de cambio de titularidad de la DGT por internet o en sus oficinas. Si el vendedor no va a ir contigo haz que lo firme antes.

      7. Tarjeta de crédito y dinero en efectivo por si acaso para pagar las tasas del cambio de titularidad.

      8. Comprobante del pago del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

      Para conseguirlo tendrás que ir a Hacienda con toda la documentación sobre el vehículo y el modelo 620 cumplimentado (puedes comprarlo allí). Tendrás que pagar el impuesto y volver para que te den el comprobante.

      9. Si el vendedor o el comprador son menores o discapacitados será imprescindible la autorización de la madre, del padre o del tutor legal.

      10. Finalmente, como hemos dicho al principio, tendrás que presentar el documento que acredite que has pagado el impuesto de aduanas si estás importando la moto desde Canarias, Ceuta o Melilla, y el testamento con el correspondiente documento acreditativo del impuesto de sucesiones si se trata de una herencia.

  • ANA

    Buenos dias, voy a comprar un remolque mayor 750 kg, mi duda es
    si tengo que pagar el impuesto de transmisiones en conselleria
    hacienda.

  • RAFAEL

    Mi padre de 87 años deja de conducir y el vehiculo se lo vendemos a nuestro vecino por 400 Euros.tenemos cita en trafico el 17 de Julio. Que documentos hay que llevar para realizar la transferencia de dicho vehiculo,Es un citroen saxo 8354 CXV Y por ultimo mi padre no puede venir del pueblo a C.Real y me quiere autorizar a mi me pueden decir si existe algun boceto de autorizacion. muchas gracias

    • La transmisión lo puede hacer cualquier, siempre que se lleve el contrato de compra-venta firmadas y la fotocopia de los dni (si llevas el original, mejor) además de rellenar el modelo de transmisión.

      También habrá que llevar la documentación del vehículo.

      Salu2.

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