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4 de marzo de 2010

Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

Dar de baja temporal del coche suele ser conveniente en algunos casos como puede ser el robo del vehículo, si no va a utilizar el coche durante un tiempo, o si lo va a trasladar a otro país.

Indicamos que trámites hay que hacer para ello, qué ventajas tendría y cómo se puede hacer para volver a darlo de alta el día que lo quiera volver a utilizar.

¿En qué casos interesa dar de baja temporal un vehículo?

La baja temporal de un vehículo conviene tramitarla para casos en los que se tiene previsto volver a utilizar el coche pasado un tiempo; por ejemplo en casos como pueden ser la sustracción del coche, en el caso de no utilizar el vehículo por un tiempo, etc.

¿Y si más adelante quisiera volver a utilizar el vehículo?

Para ello habría que pedir de nuevo la rehabilitación del coche en Tráfico, pagar la tasa correspondiente y pasar una ITV para comprobar que el coche se encuentra en buenas condiciones para su circulación en el caso de que en la Ficha Técnica figurara como caducada.

¿Qué ventajas tiene dar de baja temporal un vehículo?

No tendría que abonar el Impuesto de vehículos de Tracción Mecánica o también llamado Impuesto Municipal de Circulación (IVTM). 

¿Qué documentación es necesario llevar a Tráfico para solicitar la Baja Temporal?

  • Abonar Tasa de Tráfico correspondiente: cuesta unos 8€ aprox. salvo sustracción del vehículo.
  • Identificación del titular del vehículo:
    • Si está a nombre de una personas particular: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
    • Si el titular es una empresa o persona jurídica: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.(Modelo disponible en www.dgt.es)
    • Si se trata de un Menor o un incapacitado: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
  • Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.
  • En el caso de que exista algún embargo o deuda pendiente sobre el vehículo sería un impedimento para tramitar la baja, y sería preciso cancelarlo previamente.
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En el caso de que se trate de la baja temporal de un vehículo por sustracción, será necesario presentar en Tráfico la denuncia del robo y estará exento de pagar la tasa de baja.

¿Qué documentación es necesaria para dar de Alta de un vehículo en estado de Baja Temporal?

Habría que pasar una ITV para volver a tener la Ficha técnica en vigor (solicitando previamente el Historial de ese vehículo en Tráfico o Nota simple, al no disponer de Permiso de Circulación), y presentar en Tráfico la documentación siguiente:

  • Abonar la tasa de alta en Tráfico (unos 8€ aprox).
  • Presentar la identificación del interesado, así como del vehículo en Baja Temporal.
  • Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.
  • Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción (en este caso no habrá que abonar la tasa de trafico por el alta).
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • Si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título

¿Tiene que realizar todos los trámites el titular del vehículo o podría ir otra persona en su nombre?

En el caso de que no presentara la documentación el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste (descargar modelo de autorización a presentar en Tráfico)

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867 comments to Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

  • ramona

    Hola,estoy en un juicio cn un concesionario x un coche q m lo vendieron averiado y q no se puede usar,desde 2009 q estoy pagando el impuesto al ayto. El juicio lo gane x lo tanto m tiene q devolver el dinero dl coche y l concesionario recuperar su «joya»…lo q pasa q tarda mucho la ejecucion d la sentencia; mi pregunta es ¿si lo doy de baja mañana mismo, tendria q pagar el impuesto dl ayuntamiento?(q ya esta emitido); podria reclamar tambien el dinero de estos 5 años de impuestos dado q el coche no se ha usado x no cumplir su función de auto. Gracias

    • Hola.

      Tendrías que haber tramitado la baja temporal de ese coche el año pasado, para que no te hubiera llegado el impuesto de nuevo este año.

      Si tramitas la baja ahora, el impuesto de este año tendrás que abonarlo completo, y el que ya no te llegará será el del año siguiente.

      Respecto a reclamar los impuestos de estos años al vendedor, depende de lo que se haya resuelto en el juicio..

      Salu2

  • Rocio

    Hola.
    Tengo un coche al cual tengo que renovar el seguro en un mes y pasar la itv en 2 meses, con impuesto ya pagado y todo en regla. El coche está parado desde hace mucho tiempo y con intencion de venderlo por lo que ahora no me sale rentable pagarle el seguro ni itv. Si diera de baja el coche temporalmente me libro de esos gastos? Que gastos obligatorios tendría?? Si lo vendo y quiero dar de alta otra vez el coche, que tendría que pagar??

    Gracias de antemano. Un saludo.

    • Hola.

      Del Impuesto de circulación de esta año ya no te libras. Ya que aunque tramites la Baja temporal ahora, se empezaría a aplicar a partir del año que viene, así que el primer impuesto que dejarías de pagar sería ya el del 2015.

      Pero el de este año te toca abonarlo.

      – Dar de baja temporal el coche son sólo unos 8€ de tasas. Y darlo más adelante otra vez de alta otros 8€. No es mucho dinero.

      – Respecto al seguro, puedes dejar el coche sin asegurar, siempre que lo guardes en un garaje privado. Sino te podrán multar si lo aparcas en vía pública, y la multa no es nada barata…

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/06/coche-aparcado-en-la-calle-sin-seguro-cuantia-de-la-multa/

      Salu2

  • jose luis santisteban

    En 2012 di de baja mi vehiculo y ahora me adeudan un ivtm de 2009 por 200 € TENGO KE PAGARLO

  • alberto

    tengo el coche como titular y de cotitular a mi cuñado no tengo la documentación del coche lo puedo dar de baja temporalmente sin la documentacion

    • Buenas

      En teoría sí, indicando extravío del permiso de circulación y solicitando el Historial en Tráfico que acredita que eres el titular.

      Pero hará falta la firma de tu cuñado y su DNI original al ser cotitular del vehículo para poder tramitarlo.

      La documentación necesaria e impreso a rellenar lo puedes ver en el artículo superior.

      Salu2

  • jose

    Me sustrajeron el coche hace unos dias, y el seguro me pide que haga la baja temporal del mismo, en la documentacion necesaria en la web de trafico pone q necesito el permiso de circulacion y la tarjeta de itv pero tambien me la sustrajeron junto al coche (lo pone en la denuncia claro) que tengo que hacer respecto a esos dos documentos?

  • Luis

    Que tramites hay que hacer y cuanto cuesta,dar de alta una moto,que ya ha tenido dos bajas temporales.

    Muchas gracias.

    Luis

  • Miguel

    Cómo llevar a la ITV un coche, del que tengo que solicitar el alta de una baja temporal a Tráfico, sin el Permiso de circulación que está en Tráfico, ya que éste me pide el certificado de la ITV. ¿No hay un vacío legal?
    Además, ¿No puedo preguntar siquiera en ventanilla de Trafico (Sevilla) sin haber pedido cita previa?

  • jose

    Hola, si por ejemplo me llevo el coche al extranjero por 24 meses, podria suspenderlo temporalmente en Espana y luego al volver, darlo de alta de nuevo?

    • Hola.

      Sí, claro. Así estos dos años te ahorras pagar el Impuesto de circulación.

      Sólo te costará unos 8€ en tasas darlo de baja, y lo mismo darlo de alta de nuevo después.

      Y la documentación necesaria en ambos casos puedes verla en el artículo superior.

      Salu2

  • José

    Me voy al extranjero cuatro meses el día 19 de agosto, y quiero dar de baja temporal mi vehículo. ¿Puedo hacerlo por adelantado? Es decir, ¿puedo ir hoy a la DGT y tramitar la baja para que sea efectiva el día 19 de agosto? Porque si la baja es efectiva el día del trámite, eso me obliga a ir a la DGT el día anterior al viaje. ¿Es posible hacer ese trámite por adelantado? Gracias.

    • Si vas a volver antes de que acabe el año 2014, no merece mucho la pena que tramites la baja temporal, ya que lo que sirve es para no pagar el impuesto de circulación del 2015.

      Si regresas en el 2014 y lo das de alta antes de que acabe el año, te tocará pagar el impuesto del 2015 igualmente.

      Y dándolo de baja no habrás tenido ninguna ventaja. Más bien gastos de tasas de baja y alta para nada..

      – En cualquier caso, puedes darlo de baja antes de irte cuando quieras. Pero ten en cuenta que desde ese día no podrás conducir con ese vehículo.. Se hace efectivo desde el mismo día que lo tramitas. No hay posibilidad de tramitarlo como tú dices.

      – Aparte de eso, ten en cuenta que ahora en Tráfico hay que pedir Cita previa con antelación, y tardan en dártela..:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2013/09/25/implantado-cita-previa-obligatoria-para-realizar-tramites-de-tu-coche-en-trafico/

      Salu2

  • Cristina

    Quiero entregar un coche viejo para el Plan PIVE 6. Me exigen el último recibo del impuesto de circulación del 2013. Este coche lleva dado de baja de dicho impuesto desde 1998. Qué tengo que hacer?
    Me dicen que tendría que darlo de alta y pagar el último número para luego entregarlo en el desguace.
    Si el coche no circula y es para entregarlo al desguace no entiendo el sentido de tener que darlo de alta para pagar y luego darlo de baja. Ni Tráfico ni el Ayuntamiento ni siquiera los del Plan PIVE me saben decir qué tengo que hacer……….

    • Quién te exige el último recibo? El concesionario?

      No hace falta presentarlo para darlo de baja en el desguace. Así que es muy raro que te lo pidan, salvo que por ejemplo quieran quedarse el coche para vendérselo a otro en vez de desguazarlo…

      Lo que puedes hacer es encargarte tu misma de llevarlo a un desguace autorizado (no sirve cualquier desguace), donde debes indicar que es para el Pive 6, para que te entreguen el Certificado de Baja y destrucción que tendrás que entregar al concesionario.

      Puedes ver los desguaces autorizados cercanos a tu domicilio en:

      http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/centros-colaboradores/centros-tratamiento-vehiculos/

      Salu2

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