En estos tiempos de crisis el Estado necesita más que nunca recaudar dinero y una forma fácil y justificada es mediante las multas por infracciones de Tráfico.
Las infracciones de tráfico pueden calificarse como graves, muy graves y leves y en función de ello será la cuantía a pagar.
Con la Nueva Ley de Tráfico se establece una cuantía fija para las multas:
- leves (hasta 100€)
- graves (200€)
- y muy graves (500€), excepto las infracciones referidas a no respetar los límites de velocidad que tendrán una multas específicas.
Anteriormente a esta Mofificación de la Ley (Boe 18/2009), las Infracciones muy graves conllevaban multas de 302 € hasta 1.500€ y suspensión de carnet hasta un plazo de 3 meses.
Velocidad:
Las multas por exceso de velocidad dese la entrada en vigor de la Nueva Ley de Tráfico (Boe 18/2009) tendrán una cuantía especifica según el cuadro de de sanciones que se puede ver en el siguiente enlace:
->> Cuadro de Multas por exceso de velocidad
En dicho cuadro puede ver qué excesos de velocidad se consideran infracciones graves y cuáles Infracciones muy graves.
Alcohol y estupefacientes:
Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas se considera en todos los casos Infracción muy grave.
Puede ver la cuantía de las multas y retirada de puntos por conducir bajo los efectos del alcohol en:
->> Conducir con tasa alcohol positiva: cuantía multas y retirada puntos
Se consideran también Infracciones muy Graves:
- La conducción habiendo consumido estupefacientes, psicotrópicos, y sustancias de efectos análogos.
- La conducción bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, en los casos más graves que generen un peligro para la circulación podrán suponer delito y tendrán su consiguiente condena penal.
- No cumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia o para la detección de la posible intoxicación con estas sustancias. Esta obligación será también para los no conductores y usuarios de la vía que estén implicados en algún accidente de tráfico.
Otras Infracciones muy graves:
Se consideran también Infracciones muy Graves:
- Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas en el organismo. (6 puntos)
- Conducir de forma temeraria. (6 puntos)
- Circulación en sentido contrario al establecido.
- Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas. (6 puntos)
- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. (Párrafo modificado por Ley 6/2014) (6 puntos)
- Exceso en más del 50 % en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. (6 puntos)
- No identificar al conductor el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción cuando sea requeridos para ello en el plazo establecido. (no conlleva retirada de puntos)
- Circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correspondiente, con una autorización que no sea válida por no cumplir los requisitos exigidos (Párrafo modificado por Ley 6/2014) (4 puntos)
- Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial.
- Participar en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. (6 puntos)
- Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios. (Párrafo añadido por Ley 6/2014) (4 puntos)
- Realizar en la vía obras sin la autorización correspondiente, así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
- No instalar la señalización de obras o hacerlo incumpliendo la normativa vigente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial. (Párrafo
modificado por Ley 6/2014)
- Instalar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico. (Párrafo modificado por Ley 6/2014) (6 puntos)
- Causar daños a la infraestructura de la vía, o alteraciones a la circulación debidos a la masa o a las dimensiones del vehículo, cuando se carezca de la correspondiente autorización administrativa o se hayan incumplido las condiciones de la misma, con independencia de la obligación de la reparación del daño causado. (Párrafo añadido por Ley 6/2014)
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hola, me ha llegado una multa esta mañana 27/6/12 que fue ocasionada en 2009 por no llevar casco. el importe es de 150 no prescribian las multas? me ha llegado la carta de apremio que he de hacer? gracias
Hola.
Preescribe si no te han intentado notificar antes. Puedes consultar con Tráfico cómo te han intentado notificar y cuándo y a qué dirección para ver si han seguido el procedimiento correcto.
Puedes ver cuándo prescriben las multas por si quieres alegar en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/12/en-que-plazo-prescriben-las-sanciones-o-multas-de-trafico/
Salu2
Hola,a mi me hicieron control de alcoholemia y pase la tasa permitida,y me lo dieron como falta muy grave esto fue el 23/06/12,ahora bien,se comentaba que a los conductores que en un periodo no hubieran cometido ninguna infraccion el 1 de Julio de 2012 se les añadia un punto hasta tener los 15,puede ser posible que a mi no me le dan por dar positivo en el control de alcoholemia si todavia no se me ha notificado la multa?ah!! y podria dar el nombre de otra persona para que le quiten los puntos y yo pagar la correspondiente multa?y no me les retiren a mi?
hola queria saber que tipo de multa devo pagar por conducir un coche sin seguro y sin carnet de conducir
Hola.
Conducir sin carnet no es multa, sino delito penal, tal como puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/conducir-sin-carnet-o-sin-puntos-delito-penal/comment-page-2/
Conducir sin seguro son 1.500€:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/03/28/circular-con-un-vehiculo-sin-seguro-multa-o-sancion/
Salu2
hola queria saber que tipo de sanción puedo llegar a pagar por ocasionar un accidente frontal habiendo dado positivo en el control de alcoholemia con tasa permitida 0,25 y dando 0,40. tengo todos los puntos nunca ninguna multa ningun accidente, y saber si me pueden llegar a retirar el permiso directamente por unos meses, grácias
Hola.
Puedes ver la cuantía de la sanción y retirada de puntos correspondiente a tu caso en el cuadro del siguiente enlace:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/06/conducir-con-tasa-alcohol-positiva-cuantia-multas-y-retirada-puntos/
Sobre el accidente provocado, comentarte que en caso de ser responsable del mismo, y habiendo dado tasa de alcohol positiva, tu seguro puede no cubrirte y te reclamarían a ti tanto los gastos de reparación de los vehículos implicados como de indemnización por lesiones a los ocupantes de los mismos…
Salu2
Me acaba de llegar un requerimiento para que identifique al conductor de mi vehículo en relación a una infracción grave (saltar un semáforo en rojo) par proceder a realizar la denuncia. Yo era la que conducía el coche ese día pero no recuerdo saltar ningún semáforo, ni en ámbar.
¿Que puedo hacer?
Si la pagas ahora, te beneficiarás del Dto del 50% por pronto pago.
Si solicitas la foto para ver si es cierto, y resulta que lo es, habrás perdido ese descuento y te tocará pagarla entera.
Tienes que decidir tú que hacer de esas dos opciones.
Salu2
Me han denunciado por tener el coche a la puerta de mi almacén, porque lo tube que dejar para sacar los aperos de labranza, y comprobaron que no tenía seguro obligatorio, ya
que lo tengo guardado todo el año y no funciona es por lo que no renové el seguro.
Mi pregunta es:
-Qué tipo de infracción és?, leve, grave o muy grave?
-Cuál sería el importe máximo a pagar?
Saludos
Puedes ver el importe de la multa en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/06/coche-aparcado-en-la-calle-sin-seguro-cuantia-de-la-multa/
La verdad es que has tenido bastante mala suerte…
Es una multa de las más caras..
Salu2 y ánimo..
Holaa,hoy me han multado x no llebar las luces encendidas,cuanto tengo k pagar?? Ademas hace una semana me llego una denuncia de los mossos por faltarles al respeto de 200 e. No la puedo pagar,se puede recurrir?? O hacer servicios sociales o algo?? K me purde llegar a pasar si no la pago?? Graciaasss!!!
Hola.
No llevar las luces encendidas son 200€ (100€ si la pagas en el plazo que te indiquen)
No vemos ningún motivo que puedas alegar para recurrirla.. Lo que se trata es recaudar así que no te lo van a cambiar por hacer acciones sociales…
Si lo la pagas, te la acabarán embargando de tus cuentas con recargos, intereses de demora y sin poder beneficiarte de los descuentos por pronto-pago.
Salu2
Hoy me sancionaron y la misma me supone la perdida de cuatro puntos, por lo que me quedo sin puntos ninguno ,si realizo un curso antes de recibir la comunicacion de trafico para recuperar puntos perdidos y evitar que me quede a cero ,tienen validez .Si me quedo a cero puntos por cuanto tiempo me retiran el carne?. El cumplimiento tienen que ser juntos todos los meses o se puede trocear por meses.
Gracias.
Buenas
No creemos que te de tiempo a realizar el curso de recuperación antes.
Te actualizarán el saldo a 0 puntos antes de recuperar los puntos.
Te retiran el carnet por 6 meses. En principio no se podría trocear como comentas.. Pero tendrías que consultarlo con Tráfico.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/12/14/como-recuperar-el-carnet-conducir-al-quedarte-sin-puntos/
Salu2
Hola buenas, tengo conocimiento de alguien que mientras conducia con una menor hiba grabandose mientras bailaba con la menor. Queria saber si decidiera denunciar que tipo de sanciones o que le podria pasar. tanto a nivel de multas de trafico como si le podria pasar algo con la menor.
gracias
Buenas
Tienes pruebas? Sin pruebas no habría nada que hacer.
La responsabilidad sería del conductor no de la menor.
Salu2
hola buenas , me llego una multa a cas de 900 euros por ir entre 70 y 80 km/ h en una via de 50 , la cual me parece una burrada la cantidad de dinero por solo sobrepasar entre 20 y 30 la velocidad permitida , fui al ayuntamiento a recurrir la multa porque tampoco me venia con descuento , total q me ha vuelto a llegar a casa la sesolucion con la misma cantidad de dinero y nisiquiera con descuento que puedo hacer ahora?? gracias
Buenas
900€? Si te llegó por esa cantidad es por que te lo han intentado notificar antes y no te han localizado y al final te incluyen recargos e intereses de demora…
Dado el importe que es, te recomendamos ponerte en contacto con alguna empresa especializada en recursos de multas para ver si viendo esa notificación encuentra algún punto que utilizar para poder recurrir.
Puedes ver qué empresa de recursos de multas hay en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/09/02/empresas-quitamultas-%C2%BFcomo-recurrir-multas/
Salu2