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13 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.

¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?

Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?

Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.

Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:

  • Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
  • Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento.  Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.

Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?

Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

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877 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

  • Susana

    Hola, quisiera comprarme un coche nuevo. Tengo un 33% de discapacidad…a parte del impuesto de circulacion, hay algun otro beneficio?
    Me dijeron descuento en la compra, es eso correcto?
    Gracias

  • MAYTE

    He comprado un coche de segunda mano y además lo estoy rematriculando, estoy exenta de algún impuesto por Minusvalia o sólo es por adquisición de vehículo NUEVO?.
    Gracias

    • La exención del impuesto de matriculación sólo es para vehículos nuevos, o para vehículos de segunda mano pero importados (que deban matricularse por tanto por primera vez en España)

      En el caso que comentas no procedería.

      Salu2

  • maria

    Me kiero comprar un coche tengo un 78% de minusvalía el problema mio es la vista pero lo kierp compra para k me yeve mis familiares a los sitios aunque veo pero la visión es poca.me dicen en el concesionario k no tengo ningún descuento ya k no estoy incapacitado.eso es verdad.k descuento tendría si lo tuviera?

    • No es cierto.

      Sólo por tener más del 33% de minusvalía ya tienes derecho a la exención del Impuesto de matriculación.

      También a la exención del Impuesto de circulación (aunque esto no tiene que ver con el concesionario, se solicita en el Ayuntamiento).

      Y si estás inscrita en la ONCE o cumples lo siguiente:

      – Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la ONCE, que acrediten su pertenencia a dicha organización mediante certificado expedido por la misma.

      – Las personas que tengan derecho a la utilización de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, expedida por las Corporaciones Locales, ajustada al modelo europeo y válida en todo el territorio nacional.

      tienes derecho también a la aplicación del Iva reducido al 4%.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/

      (sólo en la compra de coches nuevos, no de segunda mano ni KM0).

      Salu2

  • conchi

    ¿Que ocurriria si se vende un coche con la reduccion del IVA por movilidad reducida y exencion del impuesto de matriculacion que se compro hace un año a otra persona con movilidad reducida? ¿Habria que devolver todo el dinero a Hacienda?Gracias

    • No se puede transferir el vehículo antes de que pasen 4 años desde la fecha de matriculación.

      En caso de venta antes de ese plazo a otra persona (tenga o no minusvalía) en principio habría que devolver lo ahorrado en su día.

      De todas formas, por si acaso lo mejor es que lo confirmes directamente con la AEAT por si pudieras beneficiarte de algo. Te facilitamos el telf:

      – AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      Salu2

  • GERARD

    Hola, me quiero comprar un coche y dispongo de un grado superior al 33% de disc. me gustaría saver como se calcula el impuesto de matriculación y en cuyo caso si es posible calcular el descuento de un coche de 9990€, muchas gracias

    • Hola.

      Lo primero que debes hacer es mirar que emisiones de CO2 emite el motor del coche que te quieres comprar.

      Puedes mirarlo por internet entrando en la pag web de la marca y viendo las carcaterísticas técnicas (si dudas dinos que modelo y motor exacto es y te lo decimos)

      Si emite menos de 120gr/km de CO2 directamente no paga impuesto de forma general, y no tendrías que echar ningún cálculo..

      Salu2

  • jiopo

    Hola buenas!!
    Me quiero comprar un coche y mi hermana tiene una minusvalía del 79% por discapacidad psíquica y física. Movilidad reducida de 0.
    Pero tiene necesidad de concurso de 3ra persona de 16 puntos. Ka pregunta es si me puedo beneficiar de pagar el 4 de iva. O solo tengo derecho a la no pagar el impuesto de matriculación y circulación
    Gracias

  • Paco peinado

    Hola, me gustaría saber si para motocicletas también nos hacen la reducción del IVA ,tiene una cilindrada de 1000cc

    • Hola.

      Sí. Sólo recuerda que aplican la reducción en un vehículo cada 4 años.

      Así que si tienes pensado comprar algún coche nuevo en ese plazo de tiempo, tendrás que pensar si te merece más la pena aplicarlo a la moto o al coche.

      Salu2

  • Jaime

    Hola, me suegra tiene un 33% de minusvalía y mi mujer va a comprar turismo nuevo, puede ponerlo a nombre de mi suegra y beneficiarse del 4% de iva? y de lo de mas? o va por porcentaje de minusvalía lo del iva? gracias.

    • Hola.

      Para poder aplicar el iva reducido, tu suegra tiene que tener certificada la movilidad reducida.

      Por otro lado, si un inspector de Hacienda os visitara a ti o a tu suegra y reconoces que el coche lo utilizas tú aunque sea de forma ocasional, os sancionarán y os tocará devolver todo lo ahorrado más la multa correspondiente.

      Salu2

  • Jaime

    Hola otra vez, perdón me confundido tiene un 31% de minusvalía, saludos.

    • Respondido en comentario anterior.

      Además para beneficiarse de la exención del impuesto de matriculación debe tener mín un 33% de minusvalía. Un 31% no sería suficiente.

      Salu2

  • Jaime

    ok, eso para el impuesto de matriculación y para el iva? y para el impuesto de circulación? muchas gracias.

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