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13 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.

¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?

Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?

Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.

Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:

  • Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
  • Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento.  Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.

Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?

Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

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877 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

  • juan carlos

    hola quisiera comprar una furgoneta vivienda «camper»tengo una incapacidad permanente total y una minusvalia de un 33% que requisitos tendria .

  • Joseyris

    Hola, buenas tardes… Me voy a comprar un coche y tengo 44% de discapacidad y un baremo de movilidad igual a 5… Tendría derecho a pagar el 4% de IVA con este baremo de movilidad o debería ser superior ?
    Un saludo y gracias

    • Hola.

      Creemos que piden baremo 7, pero lo mejor es que lo confirmes directamente con la AEAT por si acaso.

      Te facilitamos el telf de información:

      – AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      Salu2

  • Ana

    Con una incapacidad permanente absoluta tengo derecho a no pagar el iba en la adquisición de un coche

  • Federico

    Compré un coche hace un año y me deduje el impuesto de matriculación por una minusvalía. Ahora lo quiero vender y tengo que devolver ese impuesto. Mis preguntas son ¿tengo que devolver íntegramente el impuesto que me ahorré o hay alguna deducción?Al devolver el impuesto me lo puedo deducir de nuevo en el coche que quiero comprar?
    Muchas gracias

    • Sí, te toca devolver la totalidad del impuesto pero luego puedes volver a solicitar la exención del Impuesto de matriculación para el nuevo vehículo que te compres.

      Mientras no liquides ese impuesto no se podrá transferir al comprador.

      Salu2

  • Agus

    Hola, compre un coche y me aplicaron el iva reducido y el impuesto de matriculacion no lo tuve que pagar. Esto fue en octubre de 2012, el caso es que quiero comprar otro coche y de momento no vender el que ya compre beneficiandome de esas reducciones. Si quiero beneficiarme en la compra del nuevo del iva reducido y el impuesto de matriculacion a 0, debo de pagar la parte proporcional o la totalidad? lo digo por que cuando me llegara el coche mas o menos en 3 meses, me quedarían mes y medio o dos meses para que pasaran esos 4 años.

    • Hola

      Te tocaría pagar la totalidad.

      Para el poco tiempo que te queda, creemos que no te merece la pena.. Espera a que cumpla los 4 años el otro coche y podrás solicitar de nuevo los descuentos y además no tener que liquidar nada del anterior vehículo…

      Salu2

  • Alba

    Hola,
    Acabo de presentar la solicitud de minusvalia por esclerosis multiple. Me han dicho que hasta q me llame un tribunal medico y me evaluen pueden pasar entre 4 y 6 meses. Vivo en barcelona. Necesito comprar un coche. Si pago ahora el impuesto de matriculacion con la compra del coche, puedo pedir la devolucion despues cuando me den la minusvalia?
    Muchas gracias

  • isabel

    que modelo necesito para matricular la autocaravana tengo un 44% de minusvalia mi jestoria no tienen ni idea voy a mover mis papales, ya tengo el 4% de reduccion de iva a nombre de mi marido.CREO QUE SE PUEDE HACER A MI NOMBRE .GRACIAS

    • Se puede matricular a nombre del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive, y solicitar los descuentos por minusvalía.

      Si ya tienes el IVA reducido aprobado, necesitas exención del Impuesto de matriculación que es el modelo 05.

      Aparte de esas dos resoluciones, para matricular tendrás que acudir al Ayuntamiento a liquidar el Impuesto de circulación.

      Y después acudir a Tráfico con toda la documentación y certificados a matricular (Lo mejor es que confirmes con Tráfico toda la documentación exacta según tu caso en concreto)

      Salu2

  • Toni

    He comprado un coche con los descuentos de la minusvalía del 33% en el año 2013. Ahora quisiera venderlo (antes de los 4 años) y comprarme otro. Quiero saber donde puedo consultar lo que tendría que pagar a hacienda o si hay alguna calculadora donde poner los datos del vehículo para saberlo.

    Gracias.

    • Lo mejor es que acudas a Hacienda para que te calculen la liquidación.

      No hay una calculadora que te lo calcule sin más ya que depende del modelo de vehículo que compraras, las opciones que le añadiste y el CO2 que emita el motor elegido..

      Salu2

  • luis

    Hace menos de 4 años que compré un coche de segunda mano adaptado y pedi la subvencion de 3000€ por la compra de coche adaptado y estoy exento del impuesto de circulacion. ¿Si compro ahora otro coche nuevo puedo pedir la ayuda del iva reducido y el impuesto de matriculación? ¿o tengo que esperar a que haga los 4 años? Un saludo

    • Hola

      Entendemos que compraste el vehículo nuevo sin matricular, y solicitaste todos los beneficios fiscales por minusvalía (exención impuesto matriculación, exención impuesto municipal de circulación, etc..)

      Si te beneficiaste de la exención del Impuesto de matriculación, para poder volver a solicitar esa exención para otro coche, deben haber transcurrido 4 años desde la compra del anterior.

      Sino, no podrás solicitar los descuentos por minusvalía para el nuevo que te compres, o tendrás que liquidar lo ahorrado para poder solicitarlo en el nuevo que quieras.

      Esperamos haberte aclarado. Sino por aquí seguimos.

      Salu2

  • Gonzalo

    Tengo una discapacidad del 78%. Y tengo un turismo, y una furgoneta, el ayuntamiento me dice que tengo derecho a la exención de un solo permiso de circulación. Yo solo circulo en uno de los dos cada vez. Tengo derecho a estar exento de los dos permisos de circulación en ambos vehículos. Gracias.

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