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4 de marzo de 2010

Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

Dar de baja temporal del coche suele ser conveniente en algunos casos como puede ser el robo del vehículo, si no va a utilizar el coche durante un tiempo, o si lo va a trasladar a otro país.

Indicamos que trámites hay que hacer para ello, qué ventajas tendría y cómo se puede hacer para volver a darlo de alta el día que lo quiera volver a utilizar.

¿En qué casos interesa dar de baja temporal un vehículo?

La baja temporal de un vehículo conviene tramitarla para casos en los que se tiene previsto volver a utilizar el coche pasado un tiempo; por ejemplo en casos como pueden ser la sustracción del coche, en el caso de no utilizar el vehículo por un tiempo, etc.

¿Y si más adelante quisiera volver a utilizar el vehículo?

Para ello habría que pedir de nuevo la rehabilitación del coche en Tráfico, pagar la tasa correspondiente y pasar una ITV para comprobar que el coche se encuentra en buenas condiciones para su circulación en el caso de que en la Ficha Técnica figurara como caducada.

¿Qué ventajas tiene dar de baja temporal un vehículo?

No tendría que abonar el Impuesto de vehículos de Tracción Mecánica o también llamado Impuesto Municipal de Circulación (IVTM). 

¿Qué documentación es necesario llevar a Tráfico para solicitar la Baja Temporal?

  • Abonar Tasa de Tráfico correspondiente: cuesta unos 8€ aprox. salvo sustracción del vehículo.
  • Identificación del titular del vehículo:
    • Si está a nombre de una personas particular: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
    • Si el titular es una empresa o persona jurídica: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.(Modelo disponible en www.dgt.es)
    • Si se trata de un Menor o un incapacitado: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
  • Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.
  • En el caso de que exista algún embargo o deuda pendiente sobre el vehículo sería un impedimento para tramitar la baja, y sería preciso cancelarlo previamente.
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En el caso de que se trate de la baja temporal de un vehículo por sustracción, será necesario presentar en Tráfico la denuncia del robo y estará exento de pagar la tasa de baja.

¿Qué documentación es necesaria para dar de Alta de un vehículo en estado de Baja Temporal?

Habría que pasar una ITV para volver a tener la Ficha técnica en vigor (solicitando previamente el Historial de ese vehículo en Tráfico o Nota simple, al no disponer de Permiso de Circulación), y presentar en Tráfico la documentación siguiente:

  • Abonar la tasa de alta en Tráfico (unos 8€ aprox).
  • Presentar la identificación del interesado, así como del vehículo en Baja Temporal.
  • Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.
  • Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción (en este caso no habrá que abonar la tasa de trafico por el alta).
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • Si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título

¿Tiene que realizar todos los trámites el titular del vehículo o podría ir otra persona en su nombre?

En el caso de que no presentara la documentación el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste (descargar modelo de autorización a presentar en Tráfico)

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867 comments to Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

  • Oscar Palencia

    hola amigos, veo que ayudais a mucha gente con vuestra sabiduria, esto esta de lujo para los tiempos en los que estamos, me arrodillo ante vosotros.

    Tengo una duda, me he ido a vivir a breuselas por motivos de trabajo y me he venido con mi furgoneta, mi pregunta es tengo que pagar el impuesto de circulación de españa si no uso sus carreteras, y la ITV debo pasarla en españa?, a ver si podeis echarme un cable.

    gracias y seguir así.

    • Buenos días.

      Hacemos lo que podemos.. 😉 Y si os sirve en algo de ayuda, pues fenomenal.

      En tu caso, comentarte que ni tu Ayuntamiento ni la DGT tiene constancia de si circulas o no con tu coche por España, así que mientras estés dado de alta en ambos sitios, te seguirán cobrando el Impuesto municipal de Circulación cada año, y te seguirá llegando a tu domicilio en España y acumulándose la deuda pendiente.

      Nuestro consejo:

      – Si vas a vivir fuera de España en principio por bastantes años, podrías gestionar la Baja Definitiva por Tránsito Comunitario tal como indicamos en el artículo superior, y matricularlo en Bruselas.

      – Si te has ido por un par de años.. podrías gestionar la Baja temporal (presentando la documentación que indicamos en el artículo superior). Lo puede tramitar un familiar o conocido por ti aquí en Tráfico.

      – Si va a ser por poco tiempo, no te merece la pena hacer ningún trámite.

      -> Tramitando la Baja temporal o Definitiva, el Ayuntamiento no te cobrará los Impuestos Munipales de Circulación de los años proximos mientrsa no lo vuelvas a dar de Alta en Tráfico.

      Salu2 y que vaya todo muy bien por Bruselas!

  • Francisco Candela

    Buenas tardes si tengo un vehiculo a nombre de mi mujer en situacion de baja temporal puedo ponerlo a mi nombre para entregar en un concesionario para darlo de baja definitivamente.

    • Buenos días

      Sea lo que sea que quieras hacer con tu coche viejo (darlo de Baja definitiva o entregarlo en un concesionario) no hace falta que lo pongas a nombre tuyo previamente. No entendemos para que te piden que hagas esa transferencia…. Lo puedes transferir pero son unos gastos y trámites totalmente innecesarios.

      Si entregas tu vehículo al concesionario, asegúrate bien de qué hacen con él (que lo transfieran a su nombre o que lo den de Baja definitiva), ya que mientras esté a vuestro nombre, si circulan con él estando dado de baja, o sin seguro, sin itv etc… las multas os llegarán a vosotros como titular..

      Más consejos sobre esto en:

      En caso de entregar nuestro coche o vehículo al concesionario, ¿qué trámites hay hacer?

      Salu2 y a ver qué te dice. Si después de todo esto sigues queriendo transferir, avísanos y te indicamos cómo, ok.

  • chanchan

    Para pasar la ITV a un vehículo en estado de Baja Temporal es necesario solicitar en Tráfico una NOTA SIMPLE.

    Sólo apuntar este pequeño detalle 🙂

  • Francisco Candela

    Hola buenas tardes
    Quiero aclarar que el motivo es para que el concesionario me de la subvencion de la marca por la baja definitiva y el vehiculo quiero adquirirlo a mi nombre por un tema de autonomos.Para negociar esa subvencion tengo que tener el vehiculo por lo menos 3 meses a mi nombre.
    Gracias.

    • Pues vaya… La verdad es que para darlo de Baja definitiva y que vaya a un desguace, es una faena que te hagan hacer previamente esos trámites, pero bueno..

      Lo normal para transferir es tener que abonar en Hacienda el 4% de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero en vuestro caso, al ser matrimonio imaginamos que habrá exención o reducción al menos en ese importe a pagar (tendríais que confirmarlo antes de nada)

      – Una vez solucionado y aclarado el tema de ese Impuesto de TRansmisiones tendríais que acudir a Tráfico, donde tendréis que abonar unas tasas de Transferencia de unos 50€ aprox. y os realizarán el cambio de titular.

      Tendreis que llevar para ello la documentación del coche (ficha Técnica), así como vuestros DNI, y firmar la solicitud de transferencia (consultar llamando a la DGT de vuestra provincia si haría falta algo más).

      – Al estar dado de Baja Temporal, la diferencia al hacer esta gestión es que al hacer el Trámite de transferencia no os expedirán el Permiso de Circulación, aunque quedará hecho el cambio de titular en la base de Tráfico.

      Así que para justificar al concesionario que ya está a tu nombre, pide en Tráfico que te entreguen el Historial de ese coche donde viene el nombre del nuevo titular una vez transferido (cuesta unos 8€ en tasas y te lo dan al momento)

      Esperamos haberte aclarado. Informáte llamando a Atención al cliente de la marca de todas formas para ver si todo esto es necesario, independientemente de lo que te diga el concesionario, y asegúrate de qué hacen con tu coche viejo…

      Salu2!

  • Andy

    Buenas tardes Tengo un coche todoterreno en una finca privada para moverme por alli lo tengo
    Dado
    De baja temporal y sin seguro Mi pregunta es la siguien, ? Puedo usarlo dentro de mi finca tal y como esta? Puedo hecharle gasoil rojo sin que tenga problemas con los sepronas? Insisto que el coche no sale a carretera ni mucho menos Muchas gracias

    • Buenas tardes

      Mientras te muevas por tu finca particular, que ésta esté vallada o cercada sin entrada a otros vehículos ni caminos comunitarios, …entendemos que no te podrían multar.. (pero tampoco te lo podemos confirmar al 100%).

      Al menos no se lo pondrás fácil para que te sancionen, y menos para que comprueben qué tipo de gasoil llevas.

      Salu2!

  • Glory

    Buenos dias:
    Quisiera preguntarles si puedo dar de baja temporalmente del impuesto de circulación de un vehiculo que he dejado a una casa de compra-venta de coches para ver si lo pueden vender y estoy ya 3 años pagando dicho impuesto sin que el vehiculo circule. ¿Tendré problemas despues para la venta?. ¿Vale la pena realmente si tardo aun 1 o 2 años más en venderlo?. Lo que si he hecho es darlo de baja del seguro. Muchas gracias.

    • Buenas tardes.

      Darlo de Baja temporal sólo cuesta 8€ aprox de tasas en Tráfico (la documentación a presentar puedes verla en el artículo superior).

      Si lo hubieras dado de Baja antes, te habrías ahorrado esos 3 años de pagar el Impuesto de Circulación.

      Para venderlo después no hay problema siempre que el coche lo pongas a buen precio o razonable al menos (lo único es que el posible comprador no podrá circular con él para probarlo, ya que no estaría autorizado para conducir estando dado de baja y sin seguro)

      Cómo no lo has intentado vender en estos 3 años pasados si no lo necesitabas?

      En cuanto a entregarlo al concesionario para su venta, ten cuidado ya que eres la titular y por tanto la responsable de lo que con ese coche suceda (si circulan con el sin ITV, sin seguro, o estando de baja, etc…las multas te llegarán a ti..)

      Conviene que sigas las recomendaciones indicadas en:

      En caso de entregar nuestro coche o vehículo al concesionario, ¿qué trámites hay hacer?

      Salu2

  • daniel

    Buenos dias
    Tuve un accidente con mi vehiculo y estubo parado un tiempo, y me caducó la ITV, quisiera darlo de baja temporal hasta que lo arregle,es posible darlo de baja temporal si tengo la ITV cadaucada?

    • Buenas

      SI, no hay problema. Puedes darlo de Baja temporal aunque tenga la ITV caducada, ya que no va a circular.

      Eso sí, el día que quieras darlo de Alta en Tráfico de nuevo, tendrás que pasar una ITV previa.

      Salu2!

  • NELU AMZA

    HOLA GRACIAS POR ESTA PAGINA ES DE AYUDA.
    OS QUERIA PREGUNTAR TENGO UN COCHE EL CUAL QUIERO DAR DE BAJA TEMPORAL, MI PREGUNTA ES TENGO QUE PAGAR EL IMPUESTO AL AYUNTAMIENTO ENTERO SI ESTOY DANDO BAJA TEMPORAL AL VEHICULO EN EL MES DE FEBRERO?????

    • Hola.

      Te indicamos como tendrías que hacer:

      – Es cierto que cuando te pasen el recibo del Impuesto tienes que pagarlo completo.

      Pero luego, con ese justificante del pago, más el Certificado de la Baja de tu coche (te lo dan en Tráfico si pides el Historial del mismo), tienes que acudir al Ayuntamiento y solicitar que te Reembolsen la parte de los trimestres «no consumidos» desde la fecha de la baja temporal.

      Así que te tienen que devolver la parte proporcional a 3 trimestres, y realmente solo pagarías el primero.

      Salu2 y nos alegra que os sirva de utilidad nuestra web. Hacemos lo que podemos 😉

  • Manolo.

    Hola buenas.
    Mira mi preguntas es quiero comprar que esta dado de baja temporal a nombre de un Australiano y me comenta el que me vende el coche que no lo localiza por que segun el me indica lo tiene quedar de alta el propietario y me propone matricular como historico.
    Mis preguntas.
    Tiene que dar de alta el propietario Australiano físicamente o no?
    La matricula historica se puede circular Francia,Alemania, etce
    Gracias de antemano.
    Manolo.

    • Buenos días.

      Lo primero es saber si ese coche tiene o no matrícula española?

      En ese caso, lo mejor es que te asegures primero la situación legal de ese coche (si sobre él pesan embargos, deudas o impuestos impagados), ya que una vez que pagues el vehículo, si descubres algo de esto, tendrás serios problemas.

      Para ello, acude a Tráfico y solicita el Historial de ese coche, donde figurarán todos estos datos y quién es el titular exactamente.

      – Para poder transferir ese coche, hace falta la firma del titular, por lo que si está a nombre de un australiano que no localiza, sólo podrá transferirse falsificando su firma…

      Una vez transferido, podrás si quieres matricularlo como histórico. Para ello puedes ver los trámites necesarios en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/12/07/matriculacion-de-vehiculos-historicos/

      — La verdad es que no vemos muy claro tu caso, ni el lío que te está hacidendo quien te lo vende, por lo que asegúrate bien de qué es lo que estás comprando y cómo ponerlo a tu nombre sin problemas, antes de pagarle nada….

      Salu2

  • Manuel Otero

    Mi padre fallecio hace 4 años ,el coche lleva paradoen un garaje privado todo ese tiempo y no hemos cambiado la titularidad porque tenia minusvalia y estaba exento de pagar el ayuntamiento .¿Es obligatorio cambiar la titularidad aunque no se ande con el coche?
    Muchas gracias y un saludo

    • Buenas tardes.

      SI, es obligatorio, y de hecho, cuanto más tiempo transcurra es peor y más os costará encontrar la documentación necesaria para legalizar la situación.

      EN el siguiente artículo puedes ver los trámites que tenéis que realizar. El plazo ya se os ha pasado, pero más vale tarde que nunca. No dejéis pasar más tiempo para solucionarlo…

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/31/transferencia-o-cambio-de-titularidad-vehiculo-fallecimiento-del-titular/

      Por otro lado, si no utilizais el coche, una vez regularizada la situación legal del mismo, y transferido al familiar que corresponda, podreis venderlo, darlo de baja o lo que querais si no lo utilizais. Sino no podreis tramitar nada con él, y en el futuro esto será un buen problema….

      Salu2!

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