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1 de abril de 2009

Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.

¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?

Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.

En caso de no poder acudir él personalmente, podrá  gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.

El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.

Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.

¿Qué documentos será necesario presentar?

Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:

    • Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
    • El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
    • DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
    • Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local.  Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.

Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.

    • Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).

Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.

¿Qué pasos hay que seguir?

1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.

Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)

Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.

Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.

El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.

2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.

Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)

Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.

Notas:

En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.

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897 comments to Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

  • Carlos de Andrade

    Quiero comprar un coche en portugal para conducir en españa, quisiera saber cuales son los tramites para poder conducirlo en españa sin problemas, si puedo dejarlo con matricula de portugal o si tengo que matricularlo en españa?. Que papeles me hacen falta etc.
    Gracias de antemano

  • debora

    Hola voy a vender mi coche, pero no podre estar para tramitar los papeles de compra venta. ¿existe alguna forma de que yo pueda salir de vacaciones y dejar a algun familiar al cargo del papeleo? que tendria que hacer?

  • Carmen

    Un familiar vendió el coche en 14-1-2010 en un taller y éste lo manda a desguace, el coche sigue de alta y le reclaman el impuesto de circulación de los 3 últimos años.el del taller en una conversación grabada reconoce que se lo compró, pero no tiene papeles para demostrarlo.¿Debe pagar el impuesto para darlo de baja y después reclamar en el juzgado?

    • Al realizar la venta ambas partes debían haberse encargado o asegurado de que el coche quedara transferido.

      Si no se hizo transferencia, figurará en Tráfico aún a nombre de tu familiar y eso es un grave problema, no sólo por los impuestos de circulación que se van generando cada año a su nombre y que le tocará pagar, sino porque le pueden llegar además multa de que circule sin seguro ese vehículo (1.500€), sin ITV, etc..

      Que hable con el taller y que le diga en qué desguace lo dejó. Acudir a ese desguace a ver si os dan más información sobre qué ha sido de ese vehículo para poderlo dar de Baja definitiva.

      Si lo dais al menos de baja temporal en Tráfico, no se seguirán generando más impuestos de circulación.

      Mientras tanto, los impuestos que os reclaman os toca abonarlos o sino os lo embargarán de las cuentas. Pagarlos y hablar con el taller para llegar a un acuerdo sobre el reembolso de ese dinero o al menos de una parte…

      Salu2

  • carmen

    Gracias.¿se puede dar de baja sin haber pagado el impuesto de circulación?

    • Se puede dar de baja. Pero eso no impide que el Ayuntamiento siga reclamando esa deuda de Impuestos de circulación y pueda ir por vía apremio y lo acaben cobrando embargándolo de las cuentas.

      Salu2

  • carmen

    El familiar tiene una minusvalía del 33%.Desde el 2008 no paga impuesto de circulación y constan a su nombre dos coche viejos (1 en el desguace y otro de 20 años con el que circula)le reclaman más de 1000 euros,no tiene más que 400 de pensión y el coche que acaba de adquirir de 20 años de antigüedad,¿conviene pagárselos por si en el futuro le embargan el coche de 20 años?.¿Debe ir al ayuntamiento con el certificado de la minusvalía para tratar de arreglarlo?
    ¨No sabía que tenía derecho a la exención, aunque en el mismo año constan dos o tres coches (en el impuesto de circulación)todos cacharros que no circulaban al mismo tiempo.

    • La exención del Impuesto de circulación no se aplica con carácter retroactivo, así que si no lo ha solicitado antes, pedirlo ahora no le evitará tener que pagar los impuestos anteriores.

      Sólo se puede pedir esa exención para un vehículo, así que solicitarlo antes de que acabe el año para el vehículo que más impuesto pague, y así evitareis tener que pagar los de los años venideros.

      Si no paga esa deuda pendiente al final la cobrarán embargándolo de sus cuentas corrientes del banco vía apremio a través de la Agencia Tributaria..

      Salu2

  • paloma

    el coche está embargado por no pagar el impuesto de circulación,aunque está en un desguace ¿conviene decirle donde está para terminar el procedimiento?el titular estaría exento por minusvalía, pero no lo sabía.Si lleva el certificado de minusvalía ¿queda libre de la deuda?

    • Mientras ese vehículo no se dé de Baja definitiva, cada año se seguirá generando el impuesto de circulación y se irá aumentando la deuda.

      Acude al desguace en el que esté para solicitar la baja definitiva cuanto antes y no seguir aumentando el problema.

      Aunque lleve el certificado de minusvalía ahora no le servirá para tener que pagar los impuestos anteriores. Quedaría libre del impuesto a partir de la fecha en que solicite la exención del mismo en el Ayuntamiento. Mientras no solicite esa exención tendrá que pagar el impuesto cada año.

      Salu2

  • paloma

    hoy se dará de baja el coche.Si hace un reconocimiento de la deuda deja de continuar generando intereses?,es decir,va a la recaudación de impuesto del ayuntamiento y reconoce la deuda para que deje de seguir aumentando.

    • Aunque de de baja el coche, la deuda que ya tuviera sigue ahí.

      Reconocer la deuda no sirve de nada. Lo que le sirve a la Administración es saldar la deuda. Mientras no se salde irá aumentando por los recargos que aplicarán por demora.

      Salu2

  • JOSE

    SI VENDO UN AUDIA4 DEL 2008 A UN PARTICULAR POR 15000€ ALGUIEN SABRIA DECIRME CUANTO DEBO PAGAR A HACIENDA

    • En principio el Impuesto de transmisiones salvo que se pacte otra cosa corresponde abonarlo al comprador.

      En cualquier caso, para saber cuánto te tocaría abonar, es necesario conocer qué modelo de coche es (motor, cv).

      Salu2

  • Esther

    Buenos días!!

    Voy a comprar un coche de 2º mano con 148CV y 1998cc por 9.000€, del año 2007, ¿qué cantidad voy a pagar en el impuesto de transmisiones patrimoniales?

  • Lourdes Pérez

    Buenos días,

    Necesito cambiar la titularidad de un vehículo sin que exista compra-venta de por medio, simplemente pasaría de mi padre a mí con el fin de que yo pueda solicitar la tarjeta verde de estacionamiento en Madrid. ¿Cuál es el procedimiento a seguir? ¿Qué documentos debo aportar y qué coste tiene el cambio? ¿Se considera donación? Y en ese caso, ¿es necesario también redactar un contrato?

    Muchas gracias de antemano,
    Lourdes

    • Buenos días

      De cara a Hacienda al haber una transferencia de por medio hay que liquidar el Impuesto de transmisiones. (4% del valor por tablas de Hacienda del coche aplicando reducción por antigüedad..)

      A parte de esto,q ue es lo caro, serían unos 52€ de tasas de Tráfico.

      No hayq ue redcatar ningún contrato, pero sí presentar toda la documentación indicada en el artículo superior (mod 620 y 430 en Hacienda y el resto en Tráfico)

      Salu2

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