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4 de marzo de 2010

Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

Dar de baja temporal del coche suele ser conveniente en algunos casos como puede ser el robo del vehículo, si no va a utilizar el coche durante un tiempo, o si lo va a trasladar a otro país.

Indicamos que trámites hay que hacer para ello, qué ventajas tendría y cómo se puede hacer para volver a darlo de alta el día que lo quiera volver a utilizar.

¿En qué casos interesa dar de baja temporal un vehículo?

La baja temporal de un vehículo conviene tramitarla para casos en los que se tiene previsto volver a utilizar el coche pasado un tiempo; por ejemplo en casos como pueden ser la sustracción del coche, en el caso de no utilizar el vehículo por un tiempo, etc.

¿Y si más adelante quisiera volver a utilizar el vehículo?

Para ello habría que pedir de nuevo la rehabilitación del coche en Tráfico, pagar la tasa correspondiente y pasar una ITV para comprobar que el coche se encuentra en buenas condiciones para su circulación en el caso de que en la Ficha Técnica figurara como caducada.

¿Qué ventajas tiene dar de baja temporal un vehículo?

No tendría que abonar el Impuesto de vehículos de Tracción Mecánica o también llamado Impuesto Municipal de Circulación (IVTM). 

¿Qué documentación es necesario llevar a Tráfico para solicitar la Baja Temporal?

  • Abonar Tasa de Tráfico correspondiente: cuesta unos 8€ aprox. salvo sustracción del vehículo.
  • Identificación del titular del vehículo:
    • Si está a nombre de una personas particular: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
    • Si el titular es una empresa o persona jurídica: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.(Modelo disponible en www.dgt.es)
    • Si se trata de un Menor o un incapacitado: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
  • Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.
  • En el caso de que exista algún embargo o deuda pendiente sobre el vehículo sería un impedimento para tramitar la baja, y sería preciso cancelarlo previamente.
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En el caso de que se trate de la baja temporal de un vehículo por sustracción, será necesario presentar en Tráfico la denuncia del robo y estará exento de pagar la tasa de baja.

¿Qué documentación es necesaria para dar de Alta de un vehículo en estado de Baja Temporal?

Habría que pasar una ITV para volver a tener la Ficha técnica en vigor (solicitando previamente el Historial de ese vehículo en Tráfico o Nota simple, al no disponer de Permiso de Circulación), y presentar en Tráfico la documentación siguiente:

  • Abonar la tasa de alta en Tráfico (unos 8€ aprox).
  • Presentar la identificación del interesado, así como del vehículo en Baja Temporal.
  • Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.
  • Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción (en este caso no habrá que abonar la tasa de trafico por el alta).
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • Si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título

¿Tiene que realizar todos los trámites el titular del vehículo o podría ir otra persona en su nombre?

En el caso de que no presentara la documentación el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste (descargar modelo de autorización a presentar en Tráfico)

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867 comments to Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

  • antonio,

    es obligatorio el recibo del ayuntamiento para transferir un vehiculo

  • Paco

    Hola buenas,aver si me podeis ayudar:
    Mi hermano tiene un coche y yo , que soy menor, me gustaria quedarmelo y arreglarlo poco a poco para el dia de mañana,el caso es que el coche esta sin permiso de circulacion y sin itv,¿podria darlo de baja temporal sin estos documentos?

    saludos y gracias

    • Buenas tardes Paco.

      A la hora de darlo de Baja en Tráfico, te piden el Permiso de Circulación también.

      No estamos seguros de si al no tenerlo te la tramitarán igualmente. Suponemos que sí, puesto que es un coche que al ser dado de Baja Temporal ya no va a circular y por tanto no sería necesario tener dicho documento, pero tendrás que confirmarlo en Tráfico antes de nada.

      LLama antes de ir a tu Jefatura provincial de Tráfico y que te lo confirmen. Seguramente si no tenéis el Permiso, con solicitar el Historial del coche en tráfico para demostrar que tu hermano es realmente el titular sea suficiente para poderlo dar de Baja.

      El tema de que no tenga ITV no sería ningún inconveniente.

      Salu2! Y ya nos contarás a ver qué te dicen en la DGT

  • MANOLO

    QUIERO DAR DE BAJA POR EXPORTACION UNA RETROEXCAVADORA MI PROBLEMA ES LA MAQUINQ ESTA EN TRAFICO A NOMBRE PERSONA FISICA Y ANTE EFECTOS FISCALES ESTA A NOMBRE DE UNA SL COMO TENGO QUE HACER PARA NO PAGAR UN PUÑADO EN HACIENDA

    • Buenos días Manolo.

      En principio si sólo se trata de dar de Baja definitiva por exportación, no tendrías que realizar pago a Hacienda de Impuesto de Transmisiones patrimoniales. Sería sólo pagar las tasas de Baja en Tráfico.

      Se daría de Baja definitiva y podríais ya trasladarlo y matricularlo en otro país. Dependiendo de si se va a llevar a un pais de la UE (se trataría de tránsito comunitario) y si es un país fuera de la UE se trataría de exportación, por lo que habría que señalar la casilla correspondiente en la solicitud de baja en Tráfico según sea el caso.

      Podéis ver la documentación necesaria a presentar en el siguiente enlace:

      Baja definitiva de un vehículo

      en el punto: «¿Cómo se tramita la baja definitiva por traslado al extranjero o exportación del vehículo?»

      De cara a Tráfico la documentación que cuenta es la referente al titular del vehículo.

      Salu2!

  • Esther

    Hola:
    ¿Es obligatorio pasar la itv a una segadora (vehículo agrícola)?

    • Hola

      Hay que pasar revisión ITV a los tractores agrícolas, sus remolques y maquinaria agrícola autopropulsada.

      En el caso de una segadora, si no es maquinaría agrícola autopropulsada no tendría que pasarla.

      IMPORTANTE: en cualquier caso esta consulta tendría que realizarse en los artículos publicados correspondientes a la ITV para no mezclar temas por favor.

      Preguntas frecuentes sobre la ITV

      Salu2!

  • Juanma Gutiérrez

    Buenos días. Os comento, el pasado año 2010 compré un vehículo nuevo en la casa oficial Ford y entregué mi antiguo vehículo que me lo valoraron en 5200 euros, pues bien, ya el año pasado por estas fechas me llegó el ivtm del coche que entregué, llamé al concesionario y me dijeron que no me preocupara que les llevara la carta de pago que ellos se encargarían de todo. Un año después he vuelto a recibir de nuevo el ivtm de mi viejo coche, que me recomendais que haga?
    Tengo pensado dirigirme de nuevo al concesionario pero me quiero documentar un poco antes de hacerlo. Gracias de antemano.

    • Buenos días.

      Lo que ha ocurrido es que ese vehículo aún sigue a tu nombre (nolo han vendido ni lo han puesto a su nombre), con lo cual mientras siga en esa situación seguirán pasándote a ti los Impuestos de Circulación cada año.

      Aparte de esto, al seguir siendo titular de ese coche, segurías teniendo responsabilidad respecto a sanciones o multas que llegue de ese vehículo, que circule o no con seguro, y de lo que pueda suceder con él..

      Habla con el concesionario y soluciona cuanto antes este tema.

      Te indicamos los documentos y trámites que hay que hacer para evitar tener problemas con ese coche en:

      En caso de entregar nuestro coche o vehículo al concesionario, ¿qué trámites hay hacer?

      IMPORTANTE: En cualquier caso esta consulta debe ir en el post correspondiente al tema Impuesto municipal de Circulación, ya que en este se habla de BAJA TEMPORAL DE VEHICULOS.

      Las consultas que no estén relacionadas con el post serán borradas para no mezclar temas.

      Salu2

  • Sandra

    Buenas tardes,

    mi pregunta es la siguiente, hace un mes aproximadamente tuve un accidente con mi coche, en el taller me pedía un dineral por la reparación y como el coche tiene más de 15 años pues ni lo dejé. En estos momentos lo tengo en casa sin saber que voy a hacer con él…, me ha llegado el impuesto de circulación, en caso de que lo dé de baja definitiva tengo que tener pagado el impuesto de circulación??

    • Buenas tardes Sandra

      Tendrías que abonar el Impuesto de Circulación de este año, y una vez que des de Baja definitiva el vehículo, presentando el justificante de la misma en el Ayunatmiento te devolverían los trimestres «no consumidos» hasta final de año.

      Aparte de esto, puedes consultar en varios desguaces autorizados a ver cuánto te darían por él. No será mucho y dependerá de cuánto tiempo tenga y su estado, pero si sacas algo, pues mejor que mejor.

      Salu2!

  • Carmen Mª Montañes Ruiz

    Hola
    El caso que vengo a referir es peculiar y espero me den una solución.La ex-mujer de mi compañero dio de baja temporal el vehiculo del que ella es titular,antes de que resolviera la sentencia de divorcio por via ejecutiva,sin que hasta la fecha halla habido disolución de los bienes gananciales, sin embargo él es el conductor habitual y él es el que hace frente a todos los gastos derivados del coche.Ya nopuede conducirlo y el coche se encuentra en la calle,ella no esta por la labor ni de transferir la titularidad del mismo,ni de llegar aun acuerdo extrajudicial.En estos casos qué sepuede hacer? Para el es necesario el vehiculo ya que es su medio para dirigirse al trabajo´.

    • Hola Carmen

      La responsabilidad de muchas acciones que puedan suceder con el vehículo son del titular del mimso, y por tanto de su ex-mujer, salvo dictamen expreso del juzgado donde se indique que no podéis circular con ese coche.

      Por ejemplo, las sanciones irían al titular del vehículo en el caso de que circules con la ITV caducada y os pararan, de circular con el coche sin seguro, en el caso de sanciones de radar, o en el caso de circular aún estando el coche dado de baja temporal..

      Confirmarlo llamando a la Jefatura de Tráfico de vuestra localidad, y si es así exactamente el problema de que circualarais con ese coche lo tendría más bien su ex, y no vosotros.

      Podéis llamarle y comentárle todas esas sanciones que le pueden llegar en caso de que no acceda a dar de alta el vehículo.

      Esperamos que os sirva, no son situaciones fáciles.

      Animo y salu2!

  • Luis

    Di mi vehiculo de baja definitiva por tránsito comunitario y ahora (tres años despues), vuelto a traerlo a territoria nacional. ¿Qué tengo que hacer para darlo de alta de nuevo? Gracias

    • Hola Luis.

      Tendrías que revisar a ver si la Ficha técnica (española) tiene la ITV en vigor. EN el caso de que no fuera así, tendrías que acudir a pasarla antes de nada.

      Y hecho esto, para darlo de alta de nuevo tendrías que seguir los trámites indicados en el artículo superior en el punto:

      «¿Qué documentación es necesaria para dar de Alta de un vehículo en estado de Baja Temporal?»

      Esperamos que te sirva de ayuda.

      Salu2

  • Jorge

    Hola a todos, tengo un problema i nose que hacer. Hace un año mi hermano vendió el coche de mi abuelo, con consentimiento claro. Hizo un contrato de compra venta pero no el cambio de nombre. Ahora nos están llegando multas de aparcamiento. Resulta que al comprobar la titularidad del vehículo sigue a nombre de mi abuelo. I no encuentra el contrato de compra venta. La persona que tiene el coche nos da largas para quedar i hacer el cambio. Que podemos hacer? Si damos de baja el coche que pasa? Gracias

    • Hola Jorge.

      En estos casos es muy importante disponer del contrato de compraventa y copia del DNI del comprador. Si no lo encontrarais tendríais que acudir a Tráfico a ver qué solución os ofrecen.

      Lo mejor sería conseguir realizar la Notificación de Venta del vehículo

      Para esta notificación no es necesaria la firma del comprador, y una vez realizada os eximiría a vosotros de cualquier responsabilidad de lo que suceda ya con el coche (multas, que circulen sin seguro, sin ITV, etc…)

      Intentar realizar esta Notificación de Venta antes de nada.

      – El tema de dar de baja el coche en Tráfico lo podéis utilizar para amenazar con ello al comprador, a ver si así accede a realizar por fin la transferencia.

      Pero si finalmente lo dais de baja y el comprador sigue circulando con él, os podría llegar a vsotros la sanción como titulares del coche, y más que una solución sería un problema a añadir…

      Ya nos contareis cómo van las cosas y a ver qué os comentan en Tráfico.

      Animo!

  • Carol

    Hola,
    En el año 2003 a mi marido le robaron un coche, puso la denuncia en la policia pero no lo dió de baja en trafico ni en la oficina de recaudación y de esto me he enterado porque estos días he llamado a la oficina de recaudación a hacer una consulta y nos hemos encontrado con que debemos pagar el impuesto de circulación desde el 2004 hasta el 2010, en la oficina recaudadora me dijeron que teniamos que pagar todo el impuesto atrasado para poder dar de baja el vehiculo en trafico. Esta claro que ha sido un descuido por nuestra parte porque pensabamos que con la denuncia era suficiente y tampoco recibimos información de los tramites que había que hacer. Tampoco recibimos notificaciones porque nos cambiamos de ciudad.
    Mi pregunta es ¿podemos evitar hacer ese pago?¿a donde nos debemos dirigir para darlo de baja y que tengan en cuenta la fecha que lo sustrajeron? GraciaS

    • Hola Carol.

      Evitar el pago de esos impuestos es complicado. El Ayuntamiento puede aludir a que el «desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento» -> Es decir, que aunque no supierais que había que darlo de baja en Tráfico, no quita para que ahora no tengais que pagarlo…

      Podéis reclamar al Ayuntamiento a ver si os quitan la deuda presentando la denuncia de entonces por robo, por si cuela, pero va a ser difícil.

      Eso sí, sólo os podrían reclamar el pago de los últimos 4 años de Impuesto de Circulación impagados. Los anteriores habrían prescrito.

      – Por otro lado, acudir a Tráfico a darlo de baja definitiva cuanto antes para evitar que el año que viene os vuelvan a reclamar el abono del 2012.

      Esperamos que os sea de ayuda.

      Salu2

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